«Cannabis medicinal en España: qué cambia con el Real Decreto 903/2025»
El 7 de octubre de 2025 el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto 903/2025, publicado en el BOE el 9 de octubre, que regula por primera vez el uso medicinal del cannabis en España mediante fórmulas magistrales tipificadas elaboradas a partir de preparados estandarizados. La norma, solicitada por la Comisión de Sanidad del Congreso, establece un marco exclusivamente hospitalario: prescripción por médicos especialistas, elaboración en farmacias hospitalarias autorizadas y dispensación bajo control de la AEMPS.
En la práctica, a fecha de 2026, el acceso ya es operativo en algunos hospitales, aunque la disponibilidad varía según la comunidad autónoma. Andalucía se encuentra en fase de consolidación de sus circuitos internos, con la previsión de que a lo largo de 2026 todos los hospitales públicos dispongan de vías de acceso estables.
Lo que viene: el Ministerio de Sanidad ha anunciado una revisión de la normativa a finales de 2026 para evaluar la posible apertura de la dispensación a farmacias comunitarias y la ampliación de indicaciones terapéuticas. El secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla, ha confirmado que el decreto será dinámico.
Lo que no cambia: La Ley Orgánica 4/2015 sanciona el consumo y la tenencia en vía pública con multas de 601 a 30.000 €. Además, la Orden SND/380/2025 (BOE, 22 de abril de 2025) ha incorporado cannabinoides sintéticos como HHC, HHCP, THCP, THC-O y THCA a la lista de psicotrópicos, cerrando una vía que el mercado había explorado.
En cuanto al CBD, sigue legal para uso externo y cosmético, pero no está autorizado como alimento ni complemento alimenticio en la UE tras la evaluación de la EFSA de julio de 2025. Los tres medicamentos cannabinoides autorizados en España son Sativex (espasticidad por esclerosis múltiple), Epidiolex (epilepsia) y Bedrocan (uso compasivo).

